Introducción
La ética es la ciencia encargada de estudiar los
fundamentos morales que justifican los actos humanos. En el caso de la ética
profesional, la misma busca estudiar los mismo a nivel laboral. Existen códigos
de ética para numerosas profesiones en la Isla como Consejeros, Doctores,
Abogados, etc. y existe una entidad gubernamental conocida como la Oficina de
Ética Gubernamental que se encarga del adiestramiento de los funcionarios
públicos incluyendo maestros y directores escolares. A continuación se define lo
que es la ética profesional, sus dimensiones y el desarrollo en Puerto Rico.
Desarrollo
La ética “es la parte de la filosofía dedicada a estudiar
los fundamentos de la moralidad de los actos humanos, es decir, aquellos en
virtud de lo cual pueden ser considerados buenos o malos” (Chamarro, 2011). Por
otro lado, Sánchez (1999) establece que ética y moral no son lo mismo. A pesar
de que la moral implica seguir ciertas normas o reglas de conducta, la ética no
es la encargada de establecer las mismas. Para este autor, la ética es la “teoría o
ciencia del comportamiento moral de los hombres en sociedad” (Sánchez, 1999). En
su definición subraya, en primer lugar, el carácter científico de esta
disciplina, el cual implica el tratamiento científico de los problemas morales.
Como ciencia, la ética parte de ciertos hechos, tratando de descubrir sus
principios generales. En relación con el conocimiento científico, la ética
aspira a la racionalidad y objetividad más plenas y a la misma vez debe
proporcionar conocimientos sistemáticos, metódicos y, hasta donde sea posible,
verificables.
Por profesión se entiende una ocupación que se desarrolla
con el fin de colaborar con el bienestar de una sociedad. Para realizarla es
necesario que el profesional actúe con responsabilidad, siguiendo los
requisitos que la ley vigente plantee para su desarrollo. La ética profesional
pretende regular las actividades que se realizan en el marco de una profesión.
Se trata de una disciplina incluida dentro de la ética aplicada ya que hace referencia
a una parte específica de la realidad. Según Cobo (2001), la ética profesional
se “ocupa de los comportamientos éticos en el ejercicio de la profesión, es
claro que su correcta comprensión requiere no sólo un conocimiento suficiente
del concepto, sentido y funciones de la ética en la vida del ser humano, sino
también la inteligibilidad adecuada del concepto de profesión” (p. 15). La
ética profesional deriva de un concepto que se conoce como ética empresarial
que establece las condiciones en las que el ser humano debe relacionarse con su
entorno.
Montuschi (2006), explica que hay personas que sostienen
que la ética no puede ser enseñada. Esta autora escribió un artículo donde
explica que los adultos que asisten a cursos de ética o de aspectos relacionados
con la ética, ya han pasado las edades establecidas para el desarrollo moral. Montuschi
(2006), cita un estudio realizado por
los profesores Mendes y Clark (1996) en el cual se identificaron cinco
generaciones de códigos que se corresponden con las distintas cuestiones éticas
y de responsabilidad social que contemplan sus textos. La característica esencial que distingue a la
ética profesional es que rescata y pone al día el sentido y la razón de ser de
las profesiones. Según Adela Cortina (2000), la profesión va más allá de una
ocupación que permite obtener ingresos y estatus social, puesto que en realidad
es una práctica social que adquiere su verdadero sentido y significado en el
bien o servicio que proporciona a la sociedad. Podría decirse que, en el caso
de las profesiones, la capacidad humanizadora de la ética profesional se
traduce en proporcionar a la sociedad los bienes y servicios que contribuyan al
logro de una vida digna y plena. La ética profesional contribuye a que el
ejercicio profesional no se transforme en una práctica estrecha y limitada
orientada al desempeño en sí mismo centrada únicamente en asegurar las acciones
y ejecuciones sin considerar la responsabilidad que involucra su actuación como
parte sustantiva de su profesionalidad.
Cabe destacar que la ética, a nivel general, no es
coactiva (no impone sanciones legales o normativas). Sin embargo, la ética
profesional puede estar, en cierta forma, en los códigos deontológicos que
regulan una actividad profesional. La deontología forma parte de lo que se
conoce como ética normativa y presenta una serie de principios y reglas de
cumplimiento obligatorio. De acuerdo con
Hortal (2002), la ética profesional, como ética filosófica, ofrece a estos
códigos deontológicos un horizonte amplio en donde pueden encontrar principios
y criterios para reflexionar racionalmente los aspectos éticos de cada
profesión en particular. La importancia de estos principios es que son
justamente los que le permiten a la ética profesional recuperar el sentido del
quehacer profesional. Estos principios son: el de beneficencia, el de autonomía
y el de justicia.
Según Montuschi (2006), el principio de beneficencia
establece que el profesional nunca debe actuar en perjuicio del cliente,
siempre debe buscar el beneficio o bienestar de quien solicita sus servicios.
Este principio se fundamenta en el hecho de que la ética profesional es una
ética de bienes y virtudes. En relación con los bienes, siempre se pregunta
¿qué tipo de bienes busca como finalidad cada profesión?, es decir, se plantea
qué satisfacción o beneficio puede proporcionar una profesión a la sociedad.
Los bienes específicos de cada profesión se definen en el horizonte del
bienestar que puedan aportar a la sociedad a través del ejercicio profesional.
De tal modo que el principio de beneficencia sólo es la expresión de la razón
de ser de la actividad profesional.
El principio de autonomía comprende tanto la capacidad
que tiene el profesionista en tanto que experto en tomar decisiones respecto al
problema propio de su ámbito profesional, como también recuperar lo que
considere conveniente el cliente, así como su opinión y decisiones. Este
principio busca que impere el equilibrio y la equidad entre el profesionista y
el cliente para evitar conflictos éticos y de intereses (Hirsch, 2005). El principio de justicia recupera el sentido
social de la profesión, es decir, plantea que cada profesión tiene el
compromiso de buscar en los diferentes contextos y situaciones profesionales el
bien común, que es la expresión de una vida digna donde prevalece la justicia y
la equidad.
La acción profesional procura el sustento propio y el de
la familia, así como también propende a la conservación de los elementos
fundamentales de la comunidad y al desarrollo social (Hirsch, 2005). . La ética profesional comprende un
compromiso de comportamiento derivado de la propia acción del trabajo, de sus
consecuencias, junto a los directamente interesados y a la sociedad en general.
Ella constituye lo que se espera de la conducta de un profesional. Es como una
expectativa de comportamiento, sobre cuya base se establecen las relaciones
entre la clientela y el profesional. Según
Hirsch (2005), si lo anterior es válido para todas las profesiones, lo es aún
más para el profesor, que actúa con el elemento humano más importante para las
familias, puesto que se trata de los hijos de éstas, y el más precioso para la
sociedad, ya que representa su posibilidad de renovación. La dirección escolar
ha venido sufriendo un proceso de transformación en los últimos veinte años que
ha encendido la voz de alerta en todos los niveles de la administración educativa.
Vicente (2012) plantea que dirigir una institución escolar implica desarrollar
prácticas profesionales que son diferentes a las que se llevan a cabo en otras
organizaciones.
En este sentido, Vicente (2012) explica que en primer
lugar las escuelas son organizaciones que prestan servicio universal, sostenido
y dilatado en el tiempo, al que se pide que concurran múltiples actores. En
segundo lugar, la escuela es una institución para satisfacer derechos. La
amplitud del sistema educativo implica reconocer dos facetas en las que ésta se
despliega: primero, la tarea de enseñar y de aprender que se da en las escuelas
y por el otro la formación de ciudadanos y
la construcción de vínculos sociales.
Los códigos de ética, en particular, deberían dar respuesta a los
planteamientos y dilemas morales que se presentan en las organizaciones y que,
en ciertas ocasiones, pueden asumir dimensiones inusuales de dramatismo. En
general, es de suponer que estos códigos articulen los valores corporativos con
las responsabilidades, obligaciones y objetivos éticos de una organización y de
sus integrantes (Montuschi, 2006).
Los mejores códigos podrían ser aquellos que describen la
forma en que todos ya se comportan y sienten en una empresa, es decir que
reflejan la cultura corporativa vigente. Los peores son aquellos que se limitan
a enunciar una lista de principios. Montuschi (2006), explica que al evaluar la
efectividad de estos códigos debe tenerse muy presente la forma en que los
mismos fueron elaborados, pues aquellos que se elaboran a nivel administrativo
pueden no lograr el compromiso de los demás empleados. Si bien a todos se les suele ubicar bajo la
denominación genérica de “códigos de ética”, Montuschi (2006) hace la
distinción entre tres tipos de instrumentos de acuerdo a sus propósitos:
·
Códigos
de ética (propiamente dichos): Contienen enunciados de valores y principios
referidos al propósito de la corporación, a sus obligaciones y
responsabilidades hacia los accionistas y a las normas que deberán conformar el
comportamiento de sus integrantes. También se les llaman “códigos basados en
valores”.
·
Códigos
de prácticas: Enumeran, interpretan e ilustran las normas que deben guiar la
toma de decisiones en diferentes instancias y las acciones concretas de los
integrantes de la corporación que conforman los principios y valores enunciados
en la entrada anterior (#1).
·
Códigos
de conducta: Constituyen enunciados de
reglas expresadas de forma afirmativa o negativa acerca de aquello que pueden o
no pueden hacer los integrantes de la corporación. Pueden fijar penalidades por
incumplimiento y fijar los procedimientos para hacer cumplir las normas y
apelar en caso de diferencias. Se ha dicho que están diseñados para proteger la
organización de las acciones de sus empleados.
Montuschi (2006) cita un estudio realizado por Mendes y
Clark en 1996, que identifica cinco generaciones de códigos que corresponden
con las distintas cuestiones éticas y de responsabilidad social que contemplan
en sus textos. La primera generación la constituyen los conflictos de intereses
y su objetivo es proteger la empresa de acciones de sus empleados procurando
que estos cumplan con las leyes y procedan de acuerdo con los intereses de la
misma y de sus accionistas. En la
segunda generación de códigos, las cuestiones éticas comienzan a tener un peso
mayor y se centran en la conducta comercial en particular en las actividades
realizadas en países extranjeros (Montuschi, 2006). En estos se tratan las
cuestiones de sobornos a miembros de gobiernos de esos países y se procura
proteger la reputación de la empresa para una competencia limpia. En los
códigos de tercera generación, se consideran los intereses de los
inversionistas, en particular de los empleados.
De acuerdo a Montuschi (2006), en los códigos de la
cuarta generación aparecen cuestiones más amplias de responsabilidad social, en
particular, lo que se refiere a la protección del medio ambiente y el respeto
por las comunidades. Finalmente, la quinta generación enfatiza la problemática
relacionada con la responsabilidad y la justicia social y está inspirada en la
preocupación que se derivaba de las actividades de las empresas en países que
no respetaban derechos humanos básicos. En
el caso concreto de los maestros, el compromiso profesional incluye la calidad
de la enseñanza y lo que esta implica según Rojas, (2011): la creatividad, el amor a
la profesión, la franca oposición a la desidia mental y la mediocridad. Estas
son barreras fundamentales e ineludibles para un ejercicio profesional serio,
responsable y humanista. El humanismo transforma en un servidor público a quien
lo profesa; en una persona consciente de sus derechos pero también sus deberes
para con el todo social. Se requiere que el personal docente presente:
prontitud, solicitud, empeño, búsqueda, creatividad, apego a las normas,
horizontalidad en el trato, comunicación, dialógica, competencia
pedagógico-didáctica entre otras (Rojas, 2011).
Al realizar un análisis de los códigos de ética
existentes, no se encuentra ninguno para la profesión de director escolar. Sin
embargo, la Ley Número 149 del 15 de julio de 1999 conocida como la Ley
Orgánica del Departamento de Educación de Puerto Rico establece las funciones
tanto del director escolar como de los maestros entre otros miembros de la
comunidad escolar. La Ley Número 12 del 24 de julio de 1985, según enmendada,
conocida como “Ley de Ética Gubernamental del Estado Libre Asociado de Puerto
Rico” y la Ley Número 170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida
como “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme” sirven de base para atender
la dimensión ética del magisterio a través del establecimiento de un
Reglamento.
La dimensión ética de la profesión es reconocida como un
elemento fundamental en la docencia. Sin embargo, resulta interesante descubrir
que no se dedica un estándar separado a los aspectos éticos del magisterio
(Rojas, 2011). Como parte de la comunidad escolar, el maestro debe poseer
capacidad, disposición y ejecución de la colegiación y establecer el compromiso
de ser parte de los esfuerzos para mejorar su escuela se evidencian a través
del cumplimiento de los estándares profesionales establecidos. Según establece el perfil profesional, el
maestro como educador profesional debe ser técnico. Debe saber elegir,
planificar e implementar los medios más eficaces para conseguir determinados
fines con determinados sujetos y relacionados a determinada materia (Rojas,
2011). Además, debe ser administrador y poseer sentido de orden, organización
económica y eficaz de los recursos y el tiempo y poseer las relaciones para
producir un aprendizaje eficaz. Otro rol importante que debe cumplir el
profesional docente es el de ser un relacionista público y saber crear un clima
de comunidad intelectual y de trabajo entre los alumnos y sí mismo. Debe
fomentar la cooperación, la solidaridad, el respeto a la individualidad, la
tolerancia y la simpatía. Como investigador, el maestro debe adoptar una
actitud reflexiva hacia su práctica educativa y convertirse en teórico buscando
conocer los objetivos últimos de su práctica y las condiciones sociales,
históricas, psicológicas y fisiológicas que la hacen posible. Finalmente, el
maestro debe ser un creador con los conocimientos teóricos, las experiencias
prácticas y la imaginación que le permita trascender lo inmediato y la rutina y
proponer soluciones innovadoras y propias ante cada nueva situación o momento
educativo (Rojas, 2011).
La Ley de Ética Gubernamental del Gobierno de Puerto Rico
se creó con la intención de promover y preservar la integridad de los
funcionarios e instituciones públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico
y mediante la misma se establece un Código de Ética, el cual dispone todo lo
referente a funcionarios y empleados y ex-empleados de la Rama Ejecutiva,
Judicial y Legislativa. La Oficina de Ética Gubernamental es la encargada de imponer
los deberes, conceder autoridad al Secretario de Justicia, establecer
penalidades, proveer fondos para que se cumpla con la Ley de Ética. Bajo la mencionada Ley, es establece que un
servidor público, incluyendo maestros y directores, no puede solicitar un
beneficio para su agencia, directa o indirectamente, de una persona privada,
negocio o entidad pública reglamentada o contratada por ésta, o que realiza
actos conducentes a obtener un contrato. Además, un servidor público no puede
utilizar los deberes y las facultades de su cargo ni la propiedad o los fondos
públicos para obtener, directa o indirectamente, para él o para una persona
privada o negocio, cualquier beneficio que no esté permitido por la ley.
El Código continúa estableciendo que un servidor público
no puede aceptar o solicitar de una persona privada o negocio, directa o
indirectamente, un beneficio como pago por realizar, acelerar, dilatar, o dejar
de hacer los deberes y las responsabilidades de su trabajo. Tampoco puede
aceptar o solicitar de una persona privada o negocio, directa o indirectamente
para él o para una persona, negocio o entidad, a cambio de que dichos actos
estén influenciados a favor de esa u otra persona privada o negocio. Los valores que se resaltan dentro de este
Código de Ética son la decencia, el optimismo, la perseverancia, la obediencia
y la superación. La decencia es el valor que enseña la importancia de vivir y
comportarnos en todo lugar. La persona que se preocupa por vivir este valor, despierta
confianza en los que lo rodean por la integridad de su conducta. Sus relaciones
son estables porque procura basarse en el respeto y el interés de colaborar con
los demás.
El optimismo se relaciona con forjar un modo de ser
entusiasta, dinámico, emprendedor y con los pies sobre la tierra. La
perseverancia es insistir en los buenos propósitos hasta que se vuelvan
realidad (Rojas, 2011). La obediencia es una actitud responsable de
colaboración y participación importante para las buenas relaciones, la
convivencia y el trabajo productivo. Finalmente, la superación requiere
acciones inmediatas, planificación, esfuerzo y trabajo continuo. No llega con
el paso del tiempo, el simple deseo o la automotivación. A través de la revisión de la literatura, se pudo
observar que existen códigos de ética para profesiones como trabajo social,
psicología, enfermeros/as, abogados, doctores, sin embargo, como se explicó
anteriormente, no se observa un código de ética para el personal administrativo
de las escuelas(Rojas, 2011). Lo más cercano son los perfiles profesionales que
establecen lo que se espera de ellos en la ejecución de sus funciones. La
educación es uno de los pilares de la sociedad, y en esta se desarrolla parte
del carácter de los/las estudiantes.
Conclusión
Como se explicó anteriormente, la ética constituye una
ciencia, una forma de estudiar e investigar las decisiones morales que toman
los individuos. A pesar de que existe una extensa literatura relacionada con el
tema, a nivel local no hay material suficiente que permita establecer la
existencia de códigos de ética específicos para los directores escolares. Como
recomendación, es importante que se realice un análisis minucioso acerca del
tema para verificar su existencia. La
Oficina de Ética Gubernamental se identifica como la responsable de velar por
el comportamiento de los empleados gubernamentales y la responsable de
adiestrarles en el comportamiento ético a través de diversos medios incluyendo
el internet.
Como se pudo identificar, a nivel de sistema educativo,
las normas de comportamiento y las funciones de cada miembro, se establecen a
través de leyes orgánicas y de cartas circulares. La ética que rige el sistema
es la misma que rige a todos los servidores públicos bajo la Ley de Ética
Gubernamental a la cual deben someterse hasta el momento de su retiro. En
términos generales se puede decir que la moral integra todos los valores que va
desarrollando el individuo en su desarrollo, y que esa moral es la que
determina las decisiones éticas que toma a lo largo de su vida personal y
profesional.
Chamarro, A. (2011). Ética del Psicólogo. Barcelona:
Editorial UOC.
Cobo, J. (2001). Ética profesional en ciencias humanas y sociales. Madrid: Huerga y
Fiero Editores.
Cortina, A. (2000). 10 palabras claves en la ética de las profesiones. Navarra: Verbo
Divino.
Mendes, E.P. y
Clark, J.A. (1996), “The
Five Generations of
Corporate Codes of Conduct
and Their Impact
on Corporate Social
Responsibility”, Cf. Recuperado
de: http://www.uottawa.ca/hrrec/publicat
Montuschi, L. (2006). El aprendizaje
moral de los individuos y de las corporaciones: las etapas de Kohlberg, la
cultura organizacional y los códigos de ética. UCEMA Documento de Trabajo (329).
Rojas, C. (2011). Ética profesional
docente: un compromiso pedagógico humanístico. Revista Humanidades, 1, pp. 1-22.
Sánchez, A. (1999). Ética. Barcelona: Editorial Crítica.
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