jueves, 14 de marzo de 2019

Ética Profesional



Introducción
            La ética es la ciencia encargada de estudiar los fundamentos morales que justifican los actos humanos. En el caso de la ética profesional, la misma busca estudiar los mismo a nivel laboral. Existen códigos de ética para numerosas profesiones en la Isla como Consejeros, Doctores, Abogados, etc. y existe una entidad gubernamental conocida como la Oficina de Ética Gubernamental que se encarga del adiestramiento de los funcionarios públicos incluyendo maestros y directores escolares. A continuación se define lo que es la ética profesional, sus dimensiones y el desarrollo en Puerto Rico.
Desarrollo
            La ética “es la parte de la filosofía dedicada a estudiar los fundamentos de la moralidad de los actos humanos, es decir, aquellos en virtud de lo cual pueden ser considerados buenos o malos” (Chamarro, 2011). Por otro lado, Sánchez (1999) establece que ética y moral no son lo mismo. A pesar de que la moral implica seguir ciertas normas o reglas de conducta, la ética no es la encargada de establecer las mismas.  Para este autor, la ética es la “teoría o ciencia del comportamiento moral de los hombres en sociedad” (Sánchez, 1999). En su definición subraya, en primer lugar, el carácter científico de esta disciplina, el cual implica el tratamiento científico de los problemas morales. Como ciencia, la ética parte de ciertos hechos, tratando de descubrir sus principios generales. En relación con el conocimiento científico, la ética aspira a la racionalidad y objetividad más plenas y a la misma vez debe proporcionar conocimientos sistemáticos, metódicos y, hasta donde sea posible, verificables.
            Por profesión se entiende una ocupación que se desarrolla con el fin de colaborar con el bienestar de una sociedad. Para realizarla es necesario que el profesional actúe con responsabilidad, siguiendo los requisitos que la ley vigente plantee para su desarrollo. La ética profesional pretende regular las actividades que se realizan en el marco de una profesión. Se trata de una disciplina incluida dentro de la ética aplicada ya que hace referencia a una parte específica de la realidad. Según Cobo (2001), la ética profesional se “ocupa de los comportamientos éticos en el ejercicio de la profesión, es claro que su correcta comprensión requiere no sólo un conocimiento suficiente del concepto, sentido y funciones de la ética en la vida del ser humano, sino también la inteligibilidad adecuada del concepto de profesión” (p. 15). La ética profesional deriva de un concepto que se conoce como ética empresarial que establece las condiciones en las que el ser humano debe relacionarse con su entorno.
            Montuschi (2006), explica que hay personas que sostienen que la ética no puede ser enseñada. Esta autora escribió un artículo donde explica que los adultos que asisten a cursos de ética o de aspectos relacionados con la ética, ya han pasado las edades establecidas para el desarrollo moral. Montuschi (2006),  cita un estudio realizado por los profesores Mendes y Clark (1996) en el cual se identificaron cinco generaciones de códigos que se corresponden con las distintas cuestiones éticas y de responsabilidad social que contemplan sus textos.  La característica esencial que distingue a la ética profesional es que rescata y pone al día el sentido y la razón de ser de las profesiones. Según Adela Cortina (2000), la profesión va más allá de una ocupación que permite obtener ingresos y estatus social, puesto que en realidad es una práctica social que adquiere su verdadero sentido y significado en el bien o servicio que proporciona a la sociedad. Podría decirse que, en el caso de las profesiones, la capacidad humanizadora de la ética profesional se traduce en proporcionar a la sociedad los bienes y servicios que contribuyan al logro de una vida digna y plena. La ética profesional contribuye a que el ejercicio profesional no se transforme en una práctica estrecha y limitada orientada al desempeño en sí mismo centrada únicamente en asegurar las acciones y ejecuciones sin considerar la responsabilidad que involucra su actuación como parte sustantiva de su profesionalidad.
            Cabe destacar que la ética, a nivel general, no es coactiva (no impone sanciones legales o normativas). Sin embargo, la ética profesional puede estar, en cierta forma, en los códigos deontológicos que regulan una actividad profesional. La deontología forma parte de lo que se conoce como ética normativa y presenta una serie de principios y reglas de cumplimiento obligatorio.  De acuerdo con Hortal (2002), la ética profesional, como ética filosófica, ofrece a estos códigos deontológicos un horizonte amplio en donde pueden encontrar principios y criterios para reflexionar racionalmente los aspectos éticos de cada profesión en particular. La importancia de estos principios es que son justamente los que le permiten a la ética profesional recuperar el sentido del quehacer profesional. Estos principios son: el de beneficencia, el de autonomía y el de justicia.
            Según Montuschi (2006), el principio de beneficencia establece que el profesional nunca debe actuar en perjuicio del cliente, siempre debe buscar el beneficio o bienestar de quien solicita sus servicios. Este principio se fundamenta en el hecho de que la ética profesional es una ética de bienes y virtudes. En relación con los bienes, siempre se pregunta ¿qué tipo de bienes busca como finalidad cada profesión?, es decir, se plantea qué satisfacción o beneficio puede proporcionar una profesión a la sociedad. Los bienes específicos de cada profesión se definen en el horizonte del bienestar que puedan aportar a la sociedad a través del ejercicio profesional. De tal modo que el principio de beneficencia sólo es la expresión de la razón de ser de la actividad profesional.
            El principio de autonomía comprende tanto la capacidad que tiene el profesionista en tanto que experto en tomar decisiones respecto al problema propio de su ámbito profesional, como también recuperar lo que considere conveniente el cliente, así como su opinión y decisiones. Este principio busca que impere el equilibrio y la equidad entre el profesionista y el cliente para evitar conflictos éticos y de intereses (Hirsch, 2005).  El principio de justicia recupera el sentido social de la profesión, es decir, plantea que cada profesión tiene el compromiso de buscar en los diferentes contextos y situaciones profesionales el bien común, que es la expresión de una vida digna donde prevalece la justicia y la equidad.
            La acción profesional procura el sustento propio y el de la familia, así como también propende a la conservación de los elementos fundamentales de la comunidad y al desarrollo social (Hirsch, 2005).  . La ética profesional comprende un compromiso de comportamiento derivado de la propia acción del trabajo, de sus consecuencias, junto a los directamente interesados y a la sociedad en general. Ella constituye lo que se espera de la conducta de un profesional. Es como una expectativa de comportamiento, sobre cuya base se establecen las relaciones entre la clientela y el profesional.   Según Hirsch (2005), si lo anterior es válido para todas las profesiones, lo es aún más para el profesor, que actúa con el elemento humano más importante para las familias, puesto que se trata de los hijos de éstas, y el más precioso para la sociedad, ya que representa su posibilidad de renovación. La dirección escolar ha venido sufriendo un proceso de transformación en los últimos veinte años que ha encendido la voz de alerta en todos los niveles de la administración educativa. Vicente (2012) plantea que dirigir una institución escolar implica desarrollar prácticas profesionales que son diferentes a las que se llevan a cabo en otras organizaciones.
            En este sentido, Vicente (2012) explica que en primer lugar las escuelas son organizaciones que prestan servicio universal, sostenido y dilatado en el tiempo, al que se pide que concurran múltiples actores. En segundo lugar, la escuela es una institución para satisfacer derechos. La amplitud del sistema educativo implica reconocer dos facetas en las que ésta se despliega: primero, la tarea de enseñar y de aprender que se da en las escuelas y por el otro la formación de ciudadanos y  la construcción de vínculos sociales.  Los códigos de ética, en particular, deberían dar respuesta a los planteamientos y dilemas morales que se presentan en las organizaciones y que, en ciertas ocasiones, pueden asumir dimensiones inusuales de dramatismo. En general, es de suponer que estos códigos articulen los valores corporativos con las responsabilidades, obligaciones y objetivos éticos de una organización y de sus integrantes (Montuschi, 2006).
            Los mejores códigos podrían ser aquellos que describen la forma en que todos ya se comportan y sienten en una empresa, es decir que reflejan la cultura corporativa vigente. Los peores son aquellos que se limitan a enunciar una lista de principios. Montuschi (2006), explica que al evaluar la efectividad de estos códigos debe tenerse muy presente la forma en que los mismos fueron elaborados, pues aquellos que se elaboran a nivel administrativo pueden no lograr el compromiso de los demás empleados.  Si bien a todos se les suele ubicar bajo la denominación genérica de “códigos de ética”, Montuschi (2006) hace la distinción entre tres tipos de instrumentos de acuerdo a sus propósitos:
·         Códigos de ética (propiamente dichos): Contienen enunciados de valores y principios referidos al propósito de la corporación, a sus obligaciones y responsabilidades hacia los accionistas y a las normas que deberán conformar el comportamiento de sus integrantes. También se les llaman “códigos basados en valores”.
·         Códigos de prácticas: Enumeran, interpretan e ilustran las normas que deben guiar la toma de decisiones en diferentes instancias y las acciones concretas de los integrantes de la corporación que conforman los principios y valores enunciados en la entrada anterior (#1).
·         Códigos de conducta: Constituyen enunciados  de reglas expresadas de forma afirmativa o negativa acerca de aquello que pueden o no pueden hacer los integrantes de la corporación. Pueden fijar penalidades por incumplimiento y fijar los procedimientos para hacer cumplir las normas y apelar en caso de diferencias. Se ha dicho que están diseñados para proteger la organización de las acciones de sus empleados.
            Montuschi (2006) cita un estudio realizado por Mendes y Clark en 1996, que identifica cinco generaciones de códigos que corresponden con las distintas cuestiones éticas y de responsabilidad social que contemplan en sus textos. La primera generación la constituyen los conflictos de intereses y su objetivo es proteger la empresa de acciones de sus empleados procurando que estos cumplan con las leyes y procedan de acuerdo con los intereses de la misma y de sus accionistas.  En la segunda generación de códigos, las cuestiones éticas comienzan a tener un peso mayor y se centran en la conducta comercial en particular en las actividades realizadas en países extranjeros (Montuschi, 2006). En estos se tratan las cuestiones de sobornos a miembros de gobiernos de esos países y se procura proteger la reputación de la empresa para una competencia limpia. En los códigos de tercera generación, se consideran los intereses de los inversionistas, en particular de los empleados.
            De acuerdo a Montuschi (2006), en los códigos de la cuarta generación aparecen cuestiones más amplias de responsabilidad social, en particular, lo que se refiere a la protección del medio ambiente y el respeto por las comunidades. Finalmente, la quinta generación enfatiza la problemática relacionada con la responsabilidad y la justicia social y está inspirada en la preocupación que se derivaba de las actividades de las empresas en países que no respetaban derechos humanos básicos.  En el caso concreto de los maestros, el compromiso profesional incluye la calidad de la enseñanza y lo que esta implica según Rojas, (2011): la creatividad, el amor a la profesión, la franca oposición a la desidia mental y la mediocridad. Estas son barreras fundamentales e ineludibles para un ejercicio profesional serio, responsable y humanista. El humanismo transforma en un servidor público a quien lo profesa; en una persona consciente de sus derechos pero también sus deberes para con el todo social. Se requiere que el personal docente presente: prontitud, solicitud, empeño, búsqueda, creatividad, apego a las normas, horizontalidad en el trato, comunicación, dialógica, competencia pedagógico-didáctica entre otras (Rojas, 2011).
            Al realizar un análisis de los códigos de ética existentes, no se encuentra ninguno para la profesión de director escolar. Sin embargo, la Ley Número 149 del 15 de julio de 1999 conocida como la Ley Orgánica del Departamento de Educación de Puerto Rico establece las funciones tanto del director escolar como de los maestros entre otros miembros de la comunidad escolar. La Ley Número 12 del 24 de julio de 1985, según enmendada, conocida como “Ley de Ética Gubernamental del Estado Libre Asociado de Puerto Rico” y la Ley Número 170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme” sirven de base para atender la dimensión ética del magisterio a través del establecimiento de un Reglamento.
            La dimensión ética de la profesión es reconocida como un elemento fundamental en la docencia. Sin embargo, resulta interesante descubrir que no se dedica un estándar separado a los aspectos éticos del magisterio (Rojas, 2011). Como parte de la comunidad escolar, el maestro debe poseer capacidad, disposición y ejecución de la colegiación y establecer el compromiso de ser parte de los esfuerzos para mejorar su escuela se evidencian a través del cumplimiento de los estándares profesionales establecidos.  Según establece el perfil profesional, el maestro como educador profesional debe ser técnico. Debe saber elegir, planificar e implementar los medios más eficaces para conseguir determinados fines con determinados sujetos y relacionados a determinada materia (Rojas, 2011). Además, debe ser administrador y poseer sentido de orden, organización económica y eficaz de los recursos y el tiempo y poseer las relaciones para producir un aprendizaje eficaz. Otro rol importante que debe cumplir el profesional docente es el de ser un relacionista público y saber crear un clima de comunidad intelectual y de trabajo entre los alumnos y sí mismo. Debe fomentar la cooperación, la solidaridad, el respeto a la individualidad, la tolerancia y la simpatía. Como investigador, el maestro debe adoptar una actitud reflexiva hacia su práctica educativa y convertirse en teórico buscando conocer los objetivos últimos de su práctica y las condiciones sociales, históricas, psicológicas y fisiológicas que la hacen posible. Finalmente, el maestro debe ser un creador con los conocimientos teóricos, las experiencias prácticas y la imaginación que le permita trascender lo inmediato y la rutina y proponer soluciones innovadoras y propias ante cada nueva situación o momento educativo (Rojas, 2011).
            La Ley de Ética Gubernamental del Gobierno de Puerto Rico se creó con la intención de promover y preservar la integridad de los funcionarios e instituciones públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y mediante la misma se establece un Código de Ética, el cual dispone todo lo referente a funcionarios y empleados y ex-empleados de la Rama Ejecutiva, Judicial y Legislativa. La Oficina de Ética Gubernamental es la encargada de imponer los deberes, conceder autoridad al Secretario de Justicia, establecer penalidades, proveer fondos para que se cumpla con la Ley de Ética.  Bajo la mencionada Ley, es establece que un servidor público, incluyendo maestros y directores, no puede solicitar un beneficio para su agencia, directa o indirectamente, de una persona privada, negocio o entidad pública reglamentada o contratada por ésta, o que realiza actos conducentes a obtener un contrato. Además, un servidor público no puede utilizar los deberes y las facultades de su cargo ni la propiedad o los fondos públicos para obtener, directa o indirectamente, para él o para una persona privada o negocio, cualquier beneficio que no esté permitido por la ley.
            El Código continúa estableciendo que un servidor público no puede aceptar o solicitar de una persona privada o negocio, directa o indirectamente, un beneficio como pago por realizar, acelerar, dilatar, o dejar de hacer los deberes y las responsabilidades de su trabajo. Tampoco puede aceptar o solicitar de una persona privada o negocio, directa o indirectamente para él o para una persona, negocio o entidad, a cambio de que dichos actos estén influenciados a favor de esa u otra persona privada o negocio.  Los valores que se resaltan dentro de este Código de Ética son la decencia, el optimismo, la perseverancia, la obediencia y la superación. La decencia es el valor que enseña la importancia de vivir y comportarnos en todo lugar. La persona que se preocupa por vivir este valor, despierta confianza en los que lo rodean por la integridad de su conducta. Sus relaciones son estables porque procura basarse en el respeto y el interés de colaborar con los demás.
            El optimismo se relaciona con forjar un modo de ser entusiasta, dinámico, emprendedor y con los pies sobre la tierra. La perseverancia es insistir en los buenos propósitos hasta que se vuelvan realidad (Rojas, 2011). La obediencia es una actitud responsable de colaboración y participación importante para las buenas relaciones, la convivencia y el trabajo productivo. Finalmente, la superación requiere acciones inmediatas, planificación, esfuerzo y trabajo continuo. No llega con el paso del tiempo, el simple deseo o la automotivación.  A través de la revisión de la literatura, se pudo observar que existen códigos de ética para profesiones como trabajo social, psicología, enfermeros/as, abogados, doctores, sin embargo, como se explicó anteriormente, no se observa un código de ética para el personal administrativo de las escuelas(Rojas, 2011). Lo más cercano son los perfiles profesionales que establecen lo que se espera de ellos en la ejecución de sus funciones. La educación es uno de los pilares de la sociedad, y en esta se desarrolla parte del carácter de los/las estudiantes.
Conclusión
            Como se explicó anteriormente, la ética constituye una ciencia, una forma de estudiar e investigar las decisiones morales que toman los individuos. A pesar de que existe una extensa literatura relacionada con el tema, a nivel local no hay material suficiente que permita establecer la existencia de códigos de ética específicos para los directores escolares. Como recomendación, es importante que se realice un análisis minucioso acerca del tema para verificar su existencia.  La Oficina de Ética Gubernamental se identifica como la responsable de velar por el comportamiento de los empleados gubernamentales y la responsable de adiestrarles en el comportamiento ético a través de diversos medios incluyendo el internet.
            Como se pudo identificar, a nivel de sistema educativo, las normas de comportamiento y las funciones de cada miembro, se establecen a través de leyes orgánicas y de cartas circulares. La ética que rige el sistema es la misma que rige a todos los servidores públicos bajo la Ley de Ética Gubernamental a la cual deben someterse hasta el momento de su retiro. En términos generales se puede decir que la moral integra todos los valores que va desarrollando el individuo en su desarrollo, y que esa moral es la que determina las decisiones éticas que toma a lo largo de su vida personal y profesional.
 Referencias
Chamarro, A. (2011). Ética del Psicólogo. Barcelona: Editorial UOC.
Cobo, J. (2001). Ética profesional en ciencias humanas y sociales. Madrid: Huerga y Fiero Editores.
Cortina, A. (2000). 10 palabras claves en la ética de las profesiones. Navarra: Verbo Divino.
Mendes, E.P.  y  Clark,  J.A. (1996),  “The  Five  Generations  of  Corporate  Codes  of Conduct  and  Their  Impact  on  Corporate  Social  Responsibility”, Cf.  Recuperado de: http://www.uottawa.ca/hrrec/publicat
Montuschi, L. (2006). El aprendizaje moral de los individuos y de las corporaciones: las etapas de Kohlberg, la cultura organizacional y los códigos de ética. UCEMA Documento de Trabajo (329).
Rojas, C. (2011). Ética profesional docente: un compromiso pedagógico humanístico. Revista Humanidades, 1, pp. 1-22.
Sánchez, A. (1999). Ética. Barcelona: Editorial Crítica.




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