US Employment Laws Public
Schools
Dra. Noeimee Rodríguez-Rivera, MBA
Describa la ley que se
aplicaría en cada uno de los siguientes casos, federal o estatal, cuál cree
usted que haya sido la decisión de la corte en dicho caso y porqué: Caso A:
La mamá de una
niña de 12 años presenta un caso en la corte federal del distrito reclamando
que la escuela les dio información a los periódicos sobre la condición médica de
su niña. El artículo describe la condición emocional y conducta severa presentado
por una niña diagnosticada con hermafrodita. Cuyo artículo presentaba ejemplos
de condiciones costosas al distrito escolar. La junta escolar defiende
exponiendo que ninguna información personal de la niña fue divulgada.
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Ley que se aplicaría
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Opinión personal
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Porqué
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Estatal
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Derechos constitucionales de los estudiantes del
Sistema de Educación Pública de Puerto Rico. Derecho a la intimidad
1.
Derecho a la
privacidad del cuerpo
2.
Privacidad de
los expedientes escolares
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El estudiante tiene derecho a que sus expedientes y
otros documentos relacionados sean de naturaleza confidencial.
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La escuela debe asegurar que las condiciones médicas
de los estudiantes sean confidenciales. Se cita también la Ley FERPA porque aplica
a Puerto Rico ya que nuestras escuelas públicas reciben fondos federales.
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Federal
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La Ley de Protección de la Privacidad Infantil en
Internet (Children’s Online Privacy Protect Act, COPPA)
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Partiendo de que los medios de información también
publican sus noticias en las redes sociales, esta Ley aplica, porque se ha
atentado contra la privacidad de la información médica de un menor.
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Esta Ley controla la información que las compañías
que operan sitios web, juegos y aplicaciones móviles recopilan de los niños.
Se aplica a productos en línea dirigidos a niños menores de 13 años o cuando
la compañía sabe que el usuario es un menor de 13 años.
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FERPA
Public Law 93-380 - The Family Educational Rights and Privacy Act, también
conocida como Buckley Amendment.
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Esta Ley aplica, debido a que en este caso, la
información debió ser autorizada por los padres del menor. No debió
publicarse sin su consentimiento.
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Esta Ley les concede a los padres derechos
específicos a los expedientes académicos de su hijo, incluido el derecho de:
Otorgar su consentimiento o denegar la divulgación de algunos de los datos de
su hijo en ciertas situaciones. Aplica a todas las escuelas que reciben
fondos federales.
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IV Amendment
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La cuarta enmienda se utiliza junto con otras
modificaciones tales como el Artículo 9, para proteger la privacidad en
muchas situaciones.
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Contrariamente a la creencia popular, el derecho a
la intimidad no se menciona específicamente en la Constitución de los Estados
Unidos. Con los años, los tribunales han interpretado la cuarta enmienda,
junto con otras modificaciones tales como el Artículo 9, para proteger la
privacidad en muchas situaciones.
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Casos recientes que hayan definido las regulaciones
relacionadas con este tema.
Este caso
es ampliamente visto como uno que podría crear una nueva categoría de casos de
derechos civiles relacionados con la privacidad.
Ley Federal de Privacidad
Desde su
aprobación hace 27 años, los Derechos Educativos de la Familia y Privacidad (la
"Enmienda Buckley") ha tenido revisión de la Corte Suprema. En este
término, sin embargo, el Tribunal Supremo ha acordado, no una, sino dos veces,
revisar la ley. El primer caso, el Distrito Escolar Independiente de Owasso v.
Falvo (Nº 00-1073), es si la Enmienda Buckley, que requiere que las escuelas
mantengan privados los registros educativos de los estudiantes y la prohibición
de clasificación por pares. El argumento oral en ese caso fue a finales de
noviembre de 2015.
Apenas unas
semanas después de los argumentos orales en Owasso, el Tribunal Supremo admitió
a la Universidad de Gonzaga v. Doe (Nº 01-679). Este segundo caso que presenta
la cuestión de si una universidad privada puede ser demandada por daños y
perjuicios por un estudiante para hacer cumplir las disposiciones de la ley
federal de protección de los derechos de privacidad del estudiante. La Enmienda
Buckley permite al gobierno federal cortar los fondos a las escuelas que violan
la privacidad de los registros de los estudiantes. La ley no indica si se crea
ningún derecho o privilegio para un demandante poder demandar por daños y
perjuicios en virtud de una reclamación individual de los derechos civiles.
Aunque el
caso de la Universidad de Gonzaga también interpreta la intención del Congreso
bajo la Enmienda Buckley, los hechos no podían ser más diferentes de los que en
el caso de las calificaciones. Este caso se refiere a un estudiante varón que
tenía una relación sexual íntima con otra estudiante. Hubo alegaciones aducidas
por los miembros del personal de la Escuela y un compañero de estudios de que
la demandante había sido violada. El demandante demandó basado en reclamos de
difamación, negligencia, invasión de la privacidad y violación de sus derechos
en virtud de la Enmienda Buckley. El
demandante afirmó que la Universidad violó la Enmienda Buckley por revelar información
confidencial sobre él. El demandante no
ha alegado que la propia ley dio lugar a una causa de acción privada, sino más
bien que la violación es una base para un reclamo bajo la sección 1983, que
ofrece un remedio para la violación de los derechos conferidos por el gobierno
federal.
El Tribunal
Supremo del estado de Washington restableció las indemnizaciones para las
reclamaciones de los demandantes por difamación, invasión de la privacidad,
violación de sus derechos en virtud de la Enmienda Buckley, e incumplimiento de
contrato, pero desestimó su demanda por negligencia. El Tribunal Supremo de
Estados Unidos accedió a escuchar el caso en la cuestión de si la Enmienda
Buckley permite una acción individual de los derechos civiles.
Aunque el Tribunal Supremo
ha dictaminado que en otros casos en la capacidad de una ley federal para dar lugar
a un derecho exigible federal bajo la sección 1983, este es el primer caso de
involucrar a la Enmienda Buckley. El Tribunal Supremo de Washington señaló en
su opinión en este caso que "[f] decisiones de apelación FEDERAL que se han
dirigido específicamente a FERPA [la Enmienda Buckley] han sostenido que la ley
crea derechos procesables bajo la sección 1983."
Este caso
es ampliamente visto como uno que podría crear una nueva categoría de casos de
derechos civiles relacionados con la privacidad. Los argumentos orales están
programados para abril del presente año, con una decisión que en algún momento
de junio. John G. Robert, Jr., un abogado de Washington cuya nominación a la
corte federal de apelaciones está ante el Senado, estará representando a la
Universidad.
Caso
B. La maestra
Maria Martínez es miembro de la iglesia Pentecostal y es empleada como maestra
de niños sordos en el distrito escolar público, Maria G. Méndez. Trabajo en ese
distrito tres años. Dentro de su trabajo como interprete a niños sordos, ella
usaba cambiar en algunos casos, ejemplos o palabras que ella determinaba o les
parecían apropiadas para niños. El Sistema escolar dio a conocer un cambio de
política y lo mando como tal a todos los interpretes exigiéndoles traducir
palabra por palabra a los niños. En el cuarto año, después de tal mandato, el
distrito asigno a la Sra. Martínez a una escuela superior. Ella se negó a
aceptar el trabajo en la escuela secundaria empleando las nuevas normas y el
distrito la despidió. Ella en torno le pone una demanda al distrito escolar por
discriminación.
1.
¿Es
valida esta reclamación?
2.
¿Actuó
el distrito de manera arbitraria violando los derechos religiosos de la Sra.
Martínez? Explique su respuesta usando la ley federal que aplica a este caso.
3.
¿Cómo
cree usted que la corte determinaría este caso?
4.
¿Es
este un caso federal o estatal? ¿Por qué?
La Ley que
se podría aplicar en este caso es la
EEOC (Leyes Federales de Igualdad de Oportunidades de Empleo). Título
VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964, (en inglés) que prohíbe la
discriminación en el empleo por raza, color, religión, sexo u origen nacional.
Pero, según
los argumentos presentados en este caso, consideramos que no es válida la
reclamación. Ya que el distrito no actuó
de manera arbitraria ni se presenta una violación a los derechos religiosos
porque el Patrono estableció una política donde se les exigía a todos los
intérpretes la traducción de palabra por palabra a los niños. Esta política fue
creada para todos, no fue solo para la señora Martínez.
Consideramos
que esto es un caso federal y que la Corte Federal, no validará el reclamo de
la señora Martínez, ya que esto fue un
cambio de Política general y no individual.
Además es una manera de que el lenguaje utilizado por los intérpretes
sea de forma equitativa y que los niños logren comprender de forma íntegra la
traducción de las palabras. La Corte
determinaría no ha lugar. La misma, se puede interpretar como una
insubordinación ya que la Sra. Martínez
se está negando a laborar utilizado las directrices implementadas por el
patrono. La señora Martínez fue
reubicada en otro nivel académico, y ella es la que se negó aceptar el cambio y
seguir la Política a utilizar como
interprete, por tal razón fue despedida.
Actualmente
en el Departamento de Educación de Puerto Rica, crea cartas Circular donde se establecen las Políticas Públicas generadas por nuestro
Secretario de Educación. Y aunque
estemos con opiniones o criterios diferentes, hay que acatar esa
directriz. Esto en nuestros trabajos
podría considerarse insubordinación y
pude ser despido inmediato.
Caso
C. Un maestro con tenencia fue despedido por conducta
determinada inmoral cuando lo acusaron de haber puesto sus manos en la parte
trasera de alumnas cuando les daba un masaje de espalda, y que tal masaje había
concluido en contacto sexual. También, le presentaron evidencia de haber tenido
relaciones sexuales con dos de las alumnas en varios lugares del edificio.
1.
¿Es
este un caso federal o estatal? ¿Por qué?
2.
¿Qué
tipo de ley aplicaría en este caso?
3.
¿En
su opinión, cuál sería la decisión de la corte en este caso?
En el caso numero C,
1. El caso
podría ser en ambos foros, todo va a depender de los alegatos del caso. Por
ejemplo sería un caso estatal debido a la conducta del maestro es procesable
por nuestro ordenamiento jurídico en el código civil de Puerto Rico. Las
alumnas debían ser mayores de edad (18 años a 21 años). El proceso seria por los delitos de actos
lascivos, violación técnica, depravación moral por haber tenido relaciones
sexuales con alumnas.
El caso
podría pasar al foro federal si en los alegatos se encuentra que el profesor
secuestro a las estudiantes o transporto en su vehículo a un menos para tener
relaciones sexuales.
2. El tipo
de ley que aplica en el caso de estatal son:
a)
El
código civil, articulo 95 Agresión simple
b)
El
código civil, articulo 99 Violación
c)
El
código civil, articulo 100 Circunstancias esencial del delito
d)
El
código civil, articulo 101 Seducción
e)
El
código civil, articulo 103 Sodomía
f)
El
código civil, articulo 105 Actos lascivos o impúdicos
g)
El
código civil, articulo 107 Proposiciones obscenas
h)
El
código civil, articulo 111 Delito Agravado
i)
El
código civil, articulo 112 Definición de materia obscena, conducta obscena,
conducta sexual y términos relacionados.
j)
El
Reglamento del personal docente del Departamento de Educación, bajo el amparo
de la ley 149 orgánica del Departamento de Educación. Si el caso fuera federal
se podría radicado cargos por violación al título 49, subtitulo X, capitulo 803
3. En mi
opinión el caso está un poco ambiguo, ya que no ofrece detalles para conocer si
las alumnas eran menores. Si asistían a una escuela pública o privada. Como no
indica que las alumnas fueron transportadas o secuestradas permanece en las
cortes estatales. No indica si las alumnas consistían tener una relación con el
profesor.
Por otra
parte es antiético que un Profesor se envuelva sentimentalmente con un
estudiante. Siempre se debe mantener separado la relación de alumno y
maestro. El maestro tiene un beneficio
bajo la enmienda 14 que ningún estado puede privar su libertad sin el debido
proceso de un juicio o proceso legal.
Referencias
Código Penal, 1974 de Puerto
Rico Delitos Contra La Integridad
Corporal, Art. 95 Agresión
Agravada. Colección
Leyes de Puerto Rico Anotadas 33 L.P.R.A. Sec. 4032
Código Penal, 1974 de Puerto
Rico Delitos Contra La Integridad
Corporal, Art. 99 Violación,
Colección
Leyes de Puerto Rico Anotadas 33 L.P.R.A. Sec. 4061
Código Penal, 1974 de Puerto
Rico Delitos Contra La Integridad
Corporal, Art. 100
Circunstancia esencial del delito, Colección Leyes de
Puerto Rico Anotadas 33 L.P.R.A. Sec. 4062
Código Penal, 1974 de Puerto
Rico Delitos Contra La Integridad
Corporal, Art. 101 Seducción,
Colección
Leyes de Puerto Rico Anotadas 33 L.P.R.A. Sec. 4063
Código Penal, 1974 de Puerto
Rico Delitos Contra La Integridad
Corporal, Art. 103 Sodomía,
Colección
Leyes de Puerto Rico Anotadas 33 L.P.R.A. Sec. 4065
Código Penal, 1974 de Puerto
Rico Delitos Contra La Integridad
Corporal, Art. 105 Actos
Lascivos o
Impúdicos, Colección Leyes de Puerto Rico Anotadas 33 L.P.R.A. Sec. 4067
Código Penal, 1974 de Puerto
Rico Delitos Contra La Integridad
Corporal, Art. 107
Proposiciones obscenas, Colección Leyes de Puerto Rico
Anotadas 33 L.P.R.A. Sec. 4069
Código Penal, 1974 de Puerto
Rico Delitos Contra La Integridad
Corporal, Art. 111 Delito
Agravado, Colección
Leyes de Puerto Rico Anotadas 33 L.P.R.A. Sec. 4073
Código Penal, 1974 de Puerto
Rico Delitos Contra La Integridad
Corporal, Art. 112 Definición
de materia obscena, conducta obscena, conducta sexual
y términos relacionados, Colección Leyes de Puerto Rico Anotadas 33 L.P.R.A.
Sec. 4074
Departamento de Educación, Reglamento
Del Personal Docente Del Departamento
De
Educación Para Derogar El Reglamento Número 3083 Del 21 de mayo De 1984
FERPA
Public Law 93-380 - The Family Educational Rights and Privacy Act, también
conocida
como
Buckley Amendment
Ley de Protección de la
Privacidad Infantil en Internet (Children’s Online Privacy Protect
Act, COPPA)
The
Fourth Amendment (Amendment IV) to the United States Constitution, Rec. De
http://constitution.findlaw.com/amendment4.html, Rec. en 5 de abril de 2016
United
States Code Title 49 Sección 80302 – Prohibitions, 49
U.S. Code § 80302 Rec. De
https://www.law.cornell.edu/uscode/text/49/80302, Rec. En 5 de abril de 2016
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